Sesión de la Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón

Sesión de la Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón 1024 641 Unión Vecinal Cesaraugusta

El miércoles 2 de febrero de 2022 tuvo lugar una sesión por videoconferencia de la Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón en la que por parte del Ayuntamiento de Zaragoza se informaba del Proyecto de Ordenanza de Protección contra la contaminación acústica de Zaragoza por cuanto afecta a establecimientos públicos, actividades recreativas y espectáculos públicos.

También se procedió a informar el Proyecto de Decreto por el que se regulan los requisitos para la celebración de espectáculos pirotécnicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En relación con el primero, por parte de las asociaciones vecinales se puso de manifiesto la extensa regulación existente relativa a la contaminación acústica y el escaso, o más bien nulo, cumplimiento de la misma. Aunque disponemos de un gran número de normas en vigor, las administraciones no parecen exigir su cumplimiento. Por ello, manifestaron su confianza en que esta vez el Ayuntamiento exija su cumplimiento. Los técnicos municipales expusieron el contenido de la ordenanza, en la que el propietario del establecimiento deberá asumir responsabilidades si no aplica los medios a su alcance para disminuir o eliminar la contaminación. También expusieron que el proyecto de ordenanza, elaborado en la universidad, propone que en el plazo de un año la totalidad de establecimientos públicos se adaptara a la misma, lo que consideraron inviable.

Y en relación con los espectáculos pirotécnicos, la norma excluye aquellas actividades no ejecutadas por profesionales, como puede ser el chupinazo de comienzo de fiestas y oras similares. A partir de 10 kilos de material explosivo manejados por expertos se debe cumplir con lo establecido en el Proyecto de Decreto. La autorización, inspección y sanción corresponden al órgano competente en materia de espectáculos públicos del Gobierno de Aragón, excepto en el término municipal de zaragoza en el que la competencia le corresponde al ayuntamiento, conforme a la ley 10/2017, de 30 de septiembre, de Régimen especial del municipio de Zaragoza.

Por nuestra parte se hizo notar que en el procedimiento de autorización el silencio es positivo. Tratándose de espectáculos de más de 100 kilogramos de caga explosiva, que pueden producir daños a personas y a cosas, la prudencia aconsejaría que el silencio administrativo fuera negativo. Se contestó que en la norma se establece que el expediente deberá estar correctamente cumplimentado para entender la autorización concedida sin haberse producido resolución.

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